DATOS BIOGRÁFICOS DE LINO MORALES GÓMEZ

Lino Morales Gómez nació en Fuente el Fresno, provincia de Ciudad Real, el 23 de Setiembre de 1919 y está afincado en Barcelona desde 1964. Pensador nato, ha dedicado toda su vida a un trabajo intelectual de lectura y raciocinio constantes. Fruto de ello son estas reflexiones y otras muchas que encierran toda una filosofía de vida que quiere compartir con los lectores. Sus fuentes han sido los libros que ha leído de múltiples autores con ideologías diversas, así como las conclusiones que ha sacado él, particularmente, de su experiencia de vida.

martes, 2 de octubre de 2012

MANERAS DE IMPARTIR UNA SANA Y CABAL JUSTICIA NATURAL (III)

Autor: Lino Morales Gómez
.../...

    Se dice que la justicia es el brazo ejecutor de las leyes naturales. También se dice que las leyes naturales hacen que “cada cual coseche el fruto de lo mismo que él haya sembrado”, que cada cual es hijo de sus obras. Pero si observamos detenidamente el obrar de la naturaleza, veremos que si ella es la culpable de alguna catástrofe producida por los elementos, luego ella misma procura regenerar y reparar lo estropeado. No es bueno que los poderes judiciales hagan las veces de la diosa “Némesis”. Según la mitología griega la diosa “Némesis” se encargaba de tomar o hacer venganza sobre los culpables de acciones injustas. Esa diosa era la vengadora de las transgresiones que se hiciesen contra la naturaleza de las cosas.
    Creo que es imprescindible, además de urgente, redactar un Código Penal que se asemeje al de la ley del “Talión”. O sea, que obligue a aquello del “ojo por ojo y diente por diente”.
Bien entendido, en ningún caso deberemos destruir, ni la vida de nadie, ni tan siquiera ninguna facultad u órgano concedido por nuestra madre naturaleza. Esto, ni aún en nombre de la justicia.  Esto sería venganza, en  ningún caso justicia. Un ejemplo práctico ilustrará lo que digo. Si un individuo le ha quitado la vida a otro, no se recluirá al que hizo el mal, sino que se le obligará a realizar, además de su trabajo, el que hubiese podido realizar el fallecido.
    Un código penal debe ser destinado a ser aplicado a una sociedad donde se viva un total individualismo. Donde, incluso económicamente, no dependa nadie de nadie, ni siquiera los hijos de los padres ni los padres de los hijos. Que cada cual cargue con sus gastos personales y con las responsabilidades y culpas de sus acciones. Que no haya privación de libertades, pues la libertad es un don natural que nadie tiene derecho a quitar a nadie ni siquiera con las cárceles.
    Pero sí se nos deberá obligar a devolver al damnificado la cosa sustraída o destruida, o en su caso, su valor. Que se devuelva tanto por tanto, desagravio por agravio. Aquí es donde cobra vigencia aquello de “devolver bien por mal”. Pero se entiende que el que debe devolver el bien es el que hizo antes el mal, no que haga bien quien recibió el mal. 
    Eso de que el que reciba el primer golpe, “ponga la otra mejilla”, repugna a todo el mundo, y a toda la sana justicia, pues no tiene sentido. Bien está que se le recomiende que permanezca pasivo, que no se tome la venganza con su mano, que no obre mal ni de manera inmediata ni a largo plazo, pues si obra mal se pone a la misma altura del malo. FIN

No hay comentarios:

Publicar un comentario