La principal misión del cuerpo judicial será la de
restaurar, reparar, establecer los daños
causados por delincuentes, tanto si han sido a las personas directamente como a
sus bienes personales o materiales, ya sean propiedades privadas o comunales,
las que hayan sido lesionadas o deterioradas.
La sana y verdadera justicia no se debe limitar a
castigar, sino más bien a obligar a reparar. El hacer justicia consiste, más
que en ninguna otra cosa, en obligar a los infractores a que devuelvan el valor
de lo defraudado. O en su caso, reparar el honor mancillado. O sea que la
justicia consista en normalizar reparar o reponer más que en causar o hacer
daño castigando.
Para ello, al cuerpo judicial se le deberá dotar de
los poderes y de las fuerzas que le sean necesarias para que pueda aplicar y
hacer cumplir efectivamente una verdadera y cabal reparación. Se le concederán
unos poderes que tengan la suficiente fuerza para obligar a los infractores a
que hagan las justas compensaciones y reparaciones del mal que hayan podido
causar. Bien a la personas o a sus bienes materiales. Si la justicia sólo se limitase
a castigar, a condenar o imponer penas, o sea, a hacerle al delincuente tanto,
o si cabe, más mal que él hizo, entonces, es evidente, que se haría dos veces
el mismo o mayor mal. Se haría dos veces el mismo daño. También es evidente que
en esto de castigar sin reparar, nadie saldría beneficiado, sólo se crearían
rencores y sed de venganzas y se haría daño por duplicado. Precisamente, esto
es lo que deberá evitar la justicia. Deberá corregir toda clase de daños.
El poder judicial nunca deberá ser un órgano
represivo, sino un órgano reparador. Su principal misión no deberá consistir en
maltratar. Ni siquiera se deberá maltratar a los malhechores. Porque con ese
mal trato no sólo no se hace justicia, sino que lo que se hace es venganza.
Así pues, lo justo es que se obligue a delincuentes o malhechores a que reparen
lo mancillado, defraudado o robado. Deberán hacerlo con obras reparadoras que compensen
el daño o maltrato que hayan hecho o causado. Por lo demás, ya llevan
suficiente castigo con el deshonor que les queda y con algunos remordimientos de su propia conciencia.
Antes que nada, la tarea principal de los poderes
judiciales es la de esclarecer la culpabilidad o la inocencia de los presuntos
transgresores o defraudadores.
Es muy importante que antes de dictar sentencia o
condena contra cualquier sospechoso o presunto culpable, se tenga la certeza de
que todas las pruebas sean ciertas y comprobables. Pues no hay cosa más
repugnante que culpar y sentenciar a un inocente.
Luego, una vez comprobada la culpabilidad de los
transgresores, los jueces valorarán el alcance o la cuantía de lo dañado. Una
vez conocido el valor del daño, ya se deberá obligar al culpable a que efectúe
la debida restitución, devolución o compensación que corresponda. .../...
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